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MÉXICO.- Este jueves 29 de abril, aprobó en lo general y en lo particular la Ley Olimpia, que distingue la violencia digital como un tipo de violencia hacia las mujeres y tipifica como delito la difusión de contenido sexual digital sin consentimiento en internet y redes sociales, así como el hostigamiento.

En diciembre del año pasado, el Senado de la República, aprobó unánimemente una serie de reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, al igual que en el Código Penal Federal para castigar la violencia digital. La serie de reformas, conocidas como Ley Olimpia, fueron enviadas a la Cámara de diputados para su votación este jueves.

Entre las penas aprobadas se encuentran entre tres a seis años de cárcel y multas de hasta 1000 Unidades de Medida de Actualización (UMA) para aquellas personas que sean encontradas culpables por el delito de violencia digital.