Ordenamientos estatales en Tabasco permitían adjudicaciones directas en proyectos estratégicos de infraestructura en materia de energía

MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó diversas disposiciones en dos leyes estatales de Tabasco que permitían la adjudicación directa de contratos para proyectos de infraestructura en materia de energía.

En sesión remota, el Tribunal Pleno invalidó disposiciones de la Ley de Obras de Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, así como de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, aprobadas por la mayoría de Morena en el Congreso de Tabasco para facilitar el desarrollo de la Refinería de Dos Bocas.

La Suprema Corte consideró que las mismas eran violatorias del Artículo 134 de la Constitución General y que ampliaban de manera indeterminada los supuestos de excepción a la licitación pública para la contratación de obras, adquisiciones, arrendamientos y servicios.

A fines de mayo, el PRI y el PRD pidieron que se investigara el contrato adjudicado por Pemex a la empresa Grupo Huerta Madre para trabajar en el acondicionamiento de la refinería Dos Bocas, publicado por el diario Reforma.

De acuerdo con la investigación, la empresa recibió un contrato por adjudicación directa por más de 4 mil millones de pesos para las obras en Dos Bocas, y es propiedad de Arturo Quintanilla Hayek, compadre de Rocío Nahle, la secretaria de Energía.