Pese a la ineficiencia, abusos e incumplimiento de normas sanitarias exhibidos una y otra vez a lo largo de los años, la rescisión de la concesión que posee la empresa hasta 2053 es tan sólo una bandera política recurrente en cada campaña electoral, pues leyes hechas a modo le permiten incluso suspender el suministro y seguir cobrando a los usuarios, atentando contra el derecho humano fundamental al agua

POR SALVADOR CANTO

Desde el 20 de octubre de 1993, el gobierno del Estado en la administración de Mario Villanueva Madrid condenó a los ciudadanos de Benito Juárez (incluidos los de Puerto Morelos que aún pertenecía a Cancún), así como de Isla Mujeres, a pagar por el servicio de suministro de agua potable que con el paso de los años se ha convertido en uno de los más caros e ineficientes del país en manos de la empresa Desarrollos Hidráulicos de Cancún SA de CV mejor conocida como Aguakan, propiedad de Grupo Mexicano de Desarrollo (GMD) que pertenece a la familia Ballesteros, una de las más acaudaladas de la República Mexicana.

Sin embargo, el castigo para las miles de familias se amplió el 11 de diciembre del 2014, luego de que miembros de la XIV Legislatura emitieron el Decreto 250 en el cual aprobaron prorrogar, anticipadamente a su vencimiento, la vigencia del título de concesión a la misma empresa para la prestación de los servicios públicos de agua potable, alcantarillado, saneamiento y tratamiento de aguas residuales hasta el 31 de diciembre del 2053 en los mismos municipios, aunado a que en este nuevo caso se agregó también a Solidaridad e incluso, en el transitorio segundo de dicho documento oficial, las autoridades le pusieron un “candado” donde se advierte que se deroga todo aquello que se oponga al presente mandato.

[Best_Wordpress_Gallery id=”198″ gal_title=”20200913_Reportaje”]

Ciudadanos en la indefensión

De acuerdo con el abogado Alejandro Aguirre Buenfil, expresidente del Colegio de Abogados Postulantes de Cancún, este tipo de concesiones no se debe hacer porque dejan indefensos a los municipios (por varias administraciones) y principalmente a los ciudadanos a pagar por un servicio que deja mucho que desear y que, en realidad, el Estado debería de proveer y además así está plasmado en la Constitución, de que se trata de un Derecho Humano.

Hoy, además de brindar un servicio de suministro de agua potable y todos sus derivados de forma ineficiente en los municipios donde tiene operación, Aguakan encabeza la lista de quejas ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), aunque dicha dependencia federal se encuentra limitada y no hace más que conciliar los cientos de denuncias que recibe, sin que esto garantice que la concesionaria mejore en la prestación del servicio.

De igual manera, dicha empresa tiene a su favor leyes y reglamentos hechos por diputados locales, como la de cuotas y tarifas para los servicios públicos de agua potable y alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales de Quintana Roo, que le permiten incluso suspender el servicio a quien no pague, además de cobrar mes con mes una cuota de consumo, a pesar de que el usuario continúe sin el suministro del vital líquido.

Esto se plasma en el Capítulo Segundo de las responsabilidades contractuales de usuarios y prestadores de servicios de la mencionada ley de cuotas en su Artículo 20 donde se indica que los usuarios de los servicios de agua potable, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales estarán obligados a pagar las cuotas que correspondan por los servicios recibidos, e incluso cuando el usuario no haga uso de dichos servicios o se les limite por falta de pago, cubrirán la cuota fijada al consumo mínimo bajo el argumento que ello corresponde al costo por conservación y mantenimiento de la infraestructura hidráulica; es decir, Aguakan no pierde.

Cabe decir que el Artículo 4 de la Carta Magna establece que todo individuo tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible.

Antecedente de la concesión

Bajo el pretexto de un crecimiento urbano explosivo y un desequilibrio en la oferta de los servicios de agua y saneamiento inicialmente en Cancún (que incluyó a Puerto Morelos) e Isla Mujeres y porque el gobierno estaba limitado de recursos para que ellos dieran el servicio, el 20 de octubre de 1993 el gobierno de Mario Villanueva Madrid otorgó la primera concesión integral por 30 años a la empresa conocida como Aguakan mediante el decreto número 28, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Quintana Roo.

Sin embargo, aún faltándole nueve años para la conclusión de dicha anuencia, en el año 2014, durante el gobierno que encabezó Roberto Borge Angulo (en la recta final de su mandato), mediante los diputados de la XIV Legislatura se prorrogó anticipadamente dicha concesión, ahora hasta el 2053, mediante el Decreto 250, donde además se incluyó al municipio de Solidaridad, que en poco tiempo ha sufrido también los abusos de Desarrollos Hidráulicos de Cancún, S. A. de C. V. (DHC).

No obstante, durante los primeros años de la concesión inicial se permitió que se solventaran las necesidades hidrosanitarias urbanas y de la industria turística de las poblaciones involucradas, pero con el transcurso del tiempo se fue olvidando esta función de suministro de agua en beneficio de la población para convertirse en un gran negocio, incluso para las autoridades que lo permiten y con ello Aguakan dejó fuera la protección del derecho humano de acceso al agua potable, y de la mano también vinieron los abusos constantes hacia los ciudadanos, los cuales se han mantenido hasta la fecha de forma impune.

Cobros excesivos

De hecho, en los últimos años, la empresa ocupa el primer lugar en quejas ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) por altos cobros y cortes al suministro de agua potable, violentando el derecho de acceso al servicio de agua.

Cabe recordar que el decreto 250 fue firmado por el entonces diputado presidente Mario Machuca Sánchez y el diputado secretario Filiberto Martínez Méndez en el que se autorizó tanto al entonces gobernador Roberto Borge como a los presidentes municipales de Benito Juárez Paul Michel Carrillo de Cáceres, al de Isla Mujeres, Agapito Magaña Sánchez, y de Solidaridad, José Mauricio Góngora Escalante, a suscribir el convenio modificatorio Segundo al Título de Concesión de fecha 20 de octubre de 1993, que fuera otorgado a favor de Desarrollos Hidráulicos de Cancún S.A. de C.V.

Así como incorporar todas aquellas cláusulas, condiciones y anexos que aseguren la ejecución de la concesión con la que Aguakan tiene total libertad de hacer lo que quiera con el servicio que incluye suspender el suministro y hasta cobrar intereses moratorios.

Servicio caro e ineficiente

De acuerdo con la Comisión Nacional de Agua (Conagua), el sureste de la República concentra el 67 por ciento de la reserva del agua dulce renovable de México y a pesar de ello, de las cuatro entidades que la integran, en Quintana Roo es donde se cobran las tarifas más altas por consumo.

Por disposición del Congreso del Estado, la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado (CAPA) a cargo de Gerardo Mora Vallejo, determina las tarifas que los ciudadanos pagan por el servicio de agua potable de acuerdo al tipo de uso, es decir, ya sea domestico, comercial, industrial, hotelero o servicios generales a la comunidad (hospitales).

Esta cuota fija es en función del tipo de uso del inmueble y se aplica una cuota adicional por cada metro cúbico que exceda el monto base.

En ese sentido, al costo habitual se suman alcantarillado y saneamiento y el total se actualiza cada mes, a la par del Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) y esto lo aplica sin reparo alguno Desarrollos Hidráulicos de Cancún, S. A. de C. V. (DHC) como organismo operador en los cuatro municipios donde tiene la concesión entregada por el gobierno del Estado. Cabe señalar que en los demás municipios, es la CAPA la encargada de prestar ese servicio que en esencia, así debería de en todo Quintana Roo.

En la entidad el aumento en el costo del servicio ha sido paulatino en los últimos 16 años, al cobrarse 300 por ciento más caro, 45 veces más por alcantarillado y 6.5 veces más elevado por saneamiento ambiental.

De acuerdo a la organización “Agua Para Todos”, que se basa en información de Tarifas de Agua Potable del Instituto Mexicano de Tecnología del Agua de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), en Quintana Roo las facturas mínimas por suministro doméstico hasta el 2019 son de 190.60 pesos mensuales y permiten disponer de hasta 10 mil litros del líquido, mientras en otros lugares el precio por el mismo servicio es mucho menor, como ocurre en Campeche que es de 106.15 pesos, en Mérida 87 pesos y en Villahermosa 22.79 pesos.

Además, con base en los cuadros tarifarios de los servicios de agua potable de las cuatro entidades del sureste, el costo por alcantarillado es de 45.57 pesos en Quintana Roo (aunado a un derecho por saneamiento ambiental), Campeche no tiene, en Mérida es de 29 pesos y en la capital de Tabasco de 5.29 pesos.

Dentro del análisis por ciudades, se demuestra que Cancún, hasta el año pasado, tenía el costo más caro del agua potable por encima de cinco destinos de playa en México como son La Paz, Baja California (145.85 pesos); Puerto Vallarta, Jalisco (94.38); Mazatlán, Sinaloa (87.68 pesos), Acapulco (81.15) y Zihuatanejo, Guerrero (45.44).

En los recibos mensuales, Aguakan además del cobro del consumo de agua potable, alcantarillado y saneamiento, le carga al cliente el Impuesto al Valor Agregado (IVA) que varía dependiendo del total a pagar en cada factura.

En informes oficiales de la misma empresa, se establece que tienen una cartera de 370 mil clientes repartidos entre Benito Juárez, Isla Mujeres, Solidaridad y Puerto Morelos, aunque realmente podrían ser más.

Agua no es apta para beber

El jefe del laboratorio de agua potable de Aguakan, Jorge Alberto Canto Pérez, reconoció que si bien hacen y cumplen con todos los protocolos sanitarios, como son análisis fisicoquímicos y microbiológicos de muestras de agua potable que son tomadas en distintas partes de la ciudad (zona de captación, cárcamos de rebombeo y tomas domiciliarias) para monitorear la calidad del agua y asegurar el cumplimiento de la NOM 127 y 179 que establece la Secretaria de Salud, la empresa sólo se hace responsable a la llegada del medidor con el cloro debido, pues “pasando el agua a las instalaciones de los domicilios, ya es responsabilidad del usuario en cuanto a limpieza de tubería, cisterna, tinaco y eso puede afectar que el cloro se evapore y se pierda, pero en general, el agua es limpia y segura (sic)”.

Por ello, de acuerdo a datos recabados, las mediciones que se realizan de forma periódica al agua que suministra la empresa muestran que no es apta para beber o cocinar, ya que se han detectado 50 miligramos de nitrato por cada litro de agua.

Todo lo anterior, pese a que por derecho constitucional el agua debe ser apta para uso humano, es decir el agua tiene que cumplir con las normas de calidad promulgadas por las autoridades correspondientes locales e internacionales, para garantizar así un suministro de agua salubre, aceptable y asequible, pero al no cumplir con los estándares requeridos, la empresa no puede continuar dando el servicio.

Poco clara la contraprestación del servicio

En el 2017, un año después de haber iniciado funciones la administración estatal actual, se dio a conocer que Aguakan no realizaba los pagos de la respectiva contraprestación por la concesión, por lo que la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado (CAPA) hizo un reclamo a dicha empresa y ante ello, Desarrollos Hidráulicos de Cancún SA de CV comenzó una defensa en los juzgados federales para evitar la cancelación del título de concesión que es uno de los puntos marcados en las cláusulas en caso de incumplimiento.

Sin embargo, trascendió que aunado a la prórroga anticipada al vencimiento de la concesión en diciembre del 2014, los diputados de la XIV Legislatura aprobaron también el decreto 251 mediante el cual le autorizaron a CAPA contratar un crédito bancario por hasta 980 millones de pesos, pero que de eso, el préstamo contratado fue de 560 millones que sería para inversión en infraestructura y dicho dinero tendría que pagarse trimestralmente a través de la contraprestación que entregaría Aguakan.

Sin embargo, la concesionaria promovió un recurso ante un juzgado federal argumentando que ellos pagaron, aunque la CAPA asegura que no les ha llegado el dinero y ante ello, el gobierno del Estado ha tenido que afrontar ese pago como aval de un dinero del cual se desconoce su paradero.

En los últimos años, ha trascendido que antes de aprobarse la prórroga y ampliación de la concesión durante la administración pasada, representantes de CAPA y de Aguakan firmaron un contrato en el que quedó asentado que la empresa pagaría al gobierno de Quintana Roo una cantidad extraordinaria de mil 55 millones 999 mil 962 pesos como contraprestación única al concluir con el trámite de la privatización del agua, pero sobre ese recurso el gobierno actual afirma que no aparece.

El Despertador de Quintana Roo buscó en reiteradas ocasiones al titular de la CAPA, pero en su oficina se informó que por el momento no da entrevistas a la prensa sobre el tema de Aguakan, debido a que existen procedimientos jurídicos al respecto y no quieren que eso vaya a afectar el avance de los mismos.

Hay que promover amparos

De acuerdo con el presidente del Consejo Independiente para la Protección de los Derechos Humanos en el Estado de Quintana Roo AC, Maestro en Derecho Roberto Martínez Aragón, el amparo es la única vía para poder frenar los abusos que comete día con día la empresa Aguakan, en virtud de que la Profeco no hace nada al respecto, salvo conciliar algunas quejas que en realidad no resuelven nada.

Agua, derecho fundamental

La gente no debe aceptar ningún tipo de convenio de pagos mensuales, pues Aguakan no tiene por qué suspender el servicio de agua debido a que es un derecho fundamental y en caso de que lo hagan, se debe acudir a interponer una demanda de amparo”, afirmó el abogado.

No obstante, señaló que se trata de un trámite que tarda y cuesta; “lamentablemente mucha gente no llega hasta esta instancia, pero insisto, esta es la única manera de evitar que Aguakan siga cometiendo este tipo de atracos con la gente, pues es el agua más cara de toda la República Mexicana y esta empresa no se tienta el corazón en suspenderle el servicio a las familias aun en tiempos de la pandemia por COVID-19, pues es mentira que no estén cortando el servicio, pues sí lo están haciendo”.

Lamentó que hoy en día los diputados locales estén más enfocados en temas personas o de beneficio de ciertos grupos como es el caso de los taxistas, en lugar de legislar en temas para toda la gente como es establecer una ley que permita modificar las tarifas de agua potable y esta sería una de las maneras de poder defender al pueblo.

Es importante recordar que en el 2016, el ciudadano Julio César Hernández Jiménez logró ganar la suspensión provisional en contra de la empresa Aguakan para que le reconectaran la red de suministro del vital líquido, luego de que le suspendió el servicio por cuatro años, violando su derecho constitucional de acceso al agua.

Lo anterior fue posible porque en sus cláusulas Aguakan puede continuar el cobro de agua en las viviendas y negocios, aunque no la usen, para lo que se estableció una cuota mínima, la cual se cobra aunque el suministro esté suspendido, por lo que el adeudo crece cada día para los deudores que se ven impedidos a reconectar el servicio por carecer de recursos, violentando su derecho.

Como este caso de suspensión hay otros que por falta de recursos y de asesoría continúan sin tener acceso al servicio de agua.

Presume cobertura que no da

Pese a que la empresa Desarrollos Hidráulicos de Cancún SA de CV asegura que en las ciudades concesionadas brinda una cobertura del 100 por ciento, la realidad es completamente lo contrario, y prueba de ello es lo que padecen habitantes del fraccionamiento Urbi Villas del Rey en el municipio de Benito Juárez donde si bien existe un problema relacionado con la constructora que se declaró en quiebra y que al parecer dicha unidad habitacional no está municipalizada, el servicio básico del vital por el que además le cobran a la gente, incluido el alcantarillado y saneamiento, no es prestado como debe de ser por parte de Desarrollos Hidráulicos de Cancún, S. A. de C. V. (DHC).

Víctor Hugo Guizasola Sarabia, presidente del comité de vecinos propietarios del fraccionamiento Urbi Villas del Rey

El ciudadano Víctor Hugo Guizasola Sarabia, presidente del comité de vecinos propietarios del fraccionamiento Urbi Villas del Rey, platicó a El Despertador de Quintana Roo que desde el año 2009 que se comenzaron a vender las viviendas, han sufrido de desbordamientos de aguas negras en casas, departamentos y escuelas del lugar.

Los vecinos nos hemos organizado y visto en la necesidad de contratar por nuestra cuenta un promedio de 18 pipas de aguas residuales por mes para mitigar un poco el problema de desbordamiento de aguas negras mismas que son foco de infección para los aproximadamente 2 mil 400 viviendas que habitamos en el fraccionamiento”, explicó.

Lamentó que hasta la fecha, ninguna autoridad municipal, estatal o federal, les brinde apoyo e incluso, la propia concesionaria Aguakan se “lava las manos” en ese caso.

Lo más preocupante para nosotros –dijo–, es la descarga por parte de trabajadores de la desarrolladora por medio de una bomba colocada al final de la Avenida Paseo del Rey en cuyo lugar se encuentra una planta de tratamiento de aguas negras y provisional que está inservible, cuya capacidad es para 500 viviendas y que a un lado dolosamente perforaron un pozo en el cual actualmente están descargando todas las aguas negras del fraccionamiento sin tratamiento alguno, ocasionando un daño irreparable a los mantos freáticos.

A nosotros Aguakan nos comenzó a cobrar por esos servicios, pero al ver que la situación es más complicada, dejó de hacerlo y tampoco se quiere hacer responsable para solucionarlo pese a que es la concesionaria que debería de atender esta situación”, comentó el entrevistado.

Contaminación al manto freático, otra denuncia ignorada

También refirió que han enviado oficios a la CAPA, pero hasta la fecha, no tienen respuesta y que los únicos que acudieron fue la Procuraduría de Protección al Ambiente (PPA) que realizó una serie de inspecciones y el 2 de octubre de 2019 mediante oficio PPA/DP/0509/2019, enviaron un informe a la presidenta municipal, Mara Lezama para que se atienda la situación o en su caso, se obligue a Aguakan a solucionar este grave problema, al ser la concesionaria de dicho servicio.

Actualmente también padecemos frecuentemente de falta de suministro de agua potable en nuestras viviendas ya que Aguakan surte el servicio a un tinaco ubicado dentro de fraccionamiento, sin embargo la desarrolladora no realiza el pago oportuno de la energía eléctrica por lo tanto no puede operar la bomba que distribuye el vital líquido a las viviendas, pero nuestros recibos llegan puntualmente”, lamentó.

Mal manejo de aguas negras

Aguakan acumula quejas no sólo por cobros injustos o mal servicio, además se le acusa de verter aguas negras y contaminar los mantos freáticos, lo que debería de ser motivo para el retiro de la concesión, pues durante muchos años ha actuado de manera irresponsable en el manejo de este servicio, con lo que genera una contaminación irreversible, daños a la salud de la población y daños a los arrecifes.

Diversos estudios han destacado que existe contaminación provocada por la concesionaria y se han detectado millones de bacterias en los cenotes, lo cual ha propiciado un aumento en diversas enfermedades, por ejemplo, tifoidea, enfermedades gástricas y enfermedades de los ojos, como sucedió en el 2017.

Más del 30 por ciento del subsuelo de la zona Norponiente de la ciudad está siendo contaminado por el cárcamo de aguas negras y pozos que opera Aguakan, pues ante estas serias deficiencias se están vertiendo aguas sucias y jabonosas desde infraestructura sanitaria a los ríos subterráneos que atraviesan esa zona.

Juan Pablo Carricart Ganivet

De hecho, el investigador Juan Pablo Carricart Ganivet, jefe del laboratorio de Esclerocronología de Corales Arrecifales de la Unidad Académica del Instituto de Ciencias del Mar y Limnología de la UNAM en Puerto Morelos, expuso que en Quintana Roo hacen falta plantas de tratamientos terciarios.

Refirió que lo que hay es un montón de plantas de tratamientos primarios (operadas por Aguakan) que lo único que hacen es quitarle algunos desechos a las aguas negras, mientras todo lo demás como son bacterias, metales pesados se inyecta tal cual al manto que llega después al mar.

Incluso, comentó que en unos estudios que le hizo al agua de un pozo en la colonia Álamos de la delegación Alfredo V. Bonfil, en los resultados hubo muestras hasta cocaína dentro del agua.

El agua del pozo estaba llena de contaminantes, coliformes totales, fecales, un montón de metales pesados y literal, hasta cocaína traía el agua, en trazas muy pequeñas pero era cocaína”, comentó.

Con ello, queda claro que la contaminación de los ríos subterráneos y cenotes obedece a la pésima operación de las plantas de tratamiento de aguas residuales de Aguakan, pues estas aguas contaminadas se filtran al subsuelo y van a dar a los ríos subterráneos.

Oportunismo político

Pese a que en su momento, como diputado local en el 2014 fue quien aceptó y firmó en calidad de presidente de la XIV Legislatura el Decreto 250 en el cual se aprobó prorrogar anticipadamente a su vencimiento, la vigencia del título de concesión a Aguakan para la prestación de los servicios públicos de agua potable, alcantarillado, saneamiento y tratamiento de aguas residuales hasta el 31 de diciembre del 2053, en el 2018 como diputado federal, Mario Machuca Sánchez metió un punto de acuerdo ante la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión para que se hiciera un exhorto de manera respetuosa al Gobierno del Estado de Quintana Roo, a las autoridades del estado y a las autoridades municipales a que, de acuerdo con las atribuciones y facultades que les fueron conferidas, protejan el derecho humano al agua de los habitantes de los diversos municipios del Estado de Quintana Roo, además de que la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado (CAPA) de acuerdo con las atribuciones y sus facultades, revise y determine el cumplimiento del contrato de concesión del servicio de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento de aguas residuales y en caso de incumplimiento se proceda a la nulidad, rescisión o revocación de la concesión otorgada a la empresa Desarrollos Hidráulicos de Cancún, S. A. de C. V. (DHC) conocida como Aguakan.

Con 18 votos a favor y cinco en contra, la XIV Legislatura de mayoría priista autorizó extender hasta el 2053 la concesión a Aguakan

En esa misma postura está la hoy Senadora Maribel Villegas Canché que como diputada local votó a favor de la concesión hasta el 2053, y ahora ha emprendido una lucha en contra de Aguakan, en un claro oportunismo político que deja en desventaja a los ciudadanos.

De hecho, dicha empresa cuenta con un laboratorio de verificación de medidores, pero a pesar de eso, existen señalamientos constantes de que muchas veces lo que se “inyecta” es aire en lugar de agua y por eso los altos cobros en los recibos.

Aguakan atiende a 1.6 millones de habitantes y a 3 millones de turistas. Sin embargo, presenta cientos de quejas al mes de cobros injustos, mal servicio y cierre de tomas sin previo aviso. Mensualmente, cobra el servicio a más de 237 mil hogares en los municipios de Benito Juárez, Isla Mujeres, Puerto Morelos y Solidaridad.

Ejidos hacen reclamos

De acuerdo con Gaspar Kumul Ay, presidente del comisariado ejidal de Isla Mujeres, junto con los núcleos agrarios de Leona Vicario, Puerto Morelos y Alfredo V. Bonfil, existen demandas de amparo por la ilegal apropiación, ocupación y explotación de tierras de uso común.

Gaspar Kumul Ay, presidente del Comisariado ejidal de Isla Mujeres

Existe una inconformidad de varios núcleos agrarios en virtud de que nuestros ejidos sirven de zonas de amortiguamiento para captación de agua sin ningún beneficio de la concesionaria y tampoco de los Ayuntamientos, pues el gobiernos nos genera cobros del impuesto predial en esas zonas que no se pueden usufructuar”, explicó el líder de los comuneros de Isla Mujeres a El Despertador de Quintana Roo.

Agregó que por ser esas tierras de usos de conservación forestal, el único beneficiado es Aguakan, ya que los Programas de Ordenamiento Ecológico Territorial (POET) Municipales, en su momento otorgaron esas Unidades de Gestión Ambiental (UGA´S) en beneficio de la zona de pozos y dejando en desventaja a los ejidos para hacer uso de esas zonas.

Estos son temas pendientes que vamos a retomar, en el caso de nosotros, ya tenemos pláticas con el ejido de Leona Vicario para insistir porque nos afecta en nuestras tierras de uso común”, dijo el entrevistado.

Cabe mencionar que su momento, estos ejidos han recurrido a la demanda de amparo y Aguakan en lugar de responder satisfactoriamente, lo hace por la misma vía pues lo que no quieren es pagar por el uso de tierras que no son de su propiedad por donde pasan las líneas de extracción de agua que ellos le venden a los ciudadanos.

Quien hace la ley, hace la trampa

Por si fuera poco, Aguakan que actualmente tiene la concesión para la prestación del servicio del suministro de agua potable, alcantarillado y saneamiento en los municipios de Benito Juárez, Isla Mujeres, Puerto Morelos y Solidaridad hasta el año 2053, también tiene a su disposición la ley de cuotas y tarifas para los servicios públicos de agua potable y alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales del Estado de Quintana Roo, pues en el Capítulo Segundo de las responsabilidades contractuales de usuarios y prestadores de servicios, se establece en el Artículo 20 que además cuando el usuario no haga uso del agua y del alcantarillado o se limite el servicio por falta de pago, estará obligado a cubrir la cuota fijada al consumo mínimo.

En tanto en el Artículo 21 se indica que el cobro de los servicios en general por parte de la concesionaria, se redondeará en números enteros a favor de la empresa y el Artículo 24 condena a la ciudadanía que ante la falta de pago oportuno de los servicios, es decir en la fecha límite de pago señalada en el recibo correspondiente, la empresa podrá cobrar intereses moratorios, equivalentes a las actualizaciones establecidas en las leyes fiscales del Estado.

También en el Artículo 25 se le permite a Aguakan a suspender o limitar el servicio, en caso de incumplimiento del pago de las cuotas derivadas y el Artículo 26 puntualiza que los adeudos a cargo de los usuarios de los servicios de agua potable, alcantarillado, saneamiento y alcantarillado por descargas en exceso no pagados en forma oportuna junto con sus actualizaciones y las multas que se apliquen con base en la Ley de Agua Potable y Alcantarillado y ésta Ley, tendrán el carácter de créditos fiscales.