Quienes hoy se aventuran en el ejercicio de los derechos humanos habrán de considerar estas prerrogativas a partir de su origen, más allá de una propuesta ética en sus inicios, no solo de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano sino también de la Declaración Universal de los mismos, donde ambas sostenían el siglo pasado que los DD.HH eran solo derechos esenciales del ser humano y que no nacían del hecho de ser nacionales, sino que fundamentaban los atributos del sujeto de la persona humana, limitándose solo a la relación- Individuo Estado como a las violaciones ocurridas en el ámbito público; por lo que la violencia doméstica y sexual contra las mujeres no se consideraba como una violación de los derechos humanos.

Aquel sujeto referido era un varón y su concepto de ser humano se asociaba al de un hombre occidental, adulto, heterosexual y dueño de un patrimonio, privilegios que llevaba a excluir, restringir o hacer inefectivos los derechos de las mujeres, de las indígenas, homosexuales, niños, niñas, personas ancianas, personas con discapacidad, así como a las personas viviendo en condiciones de extrema pobreza.

En ambas declaraciones el sujeto a referirse era un hombre y las mujeres no estaban incluidas, omisión que dio lucha a las mujeres feministas a asumir el reto y tomar como base un Proyecto de Declaración de los Derechos Humanos de las Mujeres redactada en 1992 en San José, Costa Rica, que contenía propuestas con perspectiva de género y declaraba en aquellas fechas que los DD.HH de ellas y de las niñas eran partes inalienables, integrales e indivisibles de los derechos humanos universales por lo que señalaba que la violencia contra las mujeres y todas sus formas de acoso y explotación sexual eran incompatibles con la dignidad de la persona humana.

A partir de esta tesis, nace el concepto de Derechos Sexuales y Reproductivos que  resume hoy en día como el derecho de toda persona humana a que decida con quién, cuándo y cómo quiere llevar sus relaciones sexuales y si quiere o no tener hijos, por lo que quien hoy abrace estos temas deberá luchar a que estos derechos garanticen la libre decisión sobre la manera de vivir el cuerpo en las esferas sexual y reproductiva, incluyendo el derecho humano de la mujer a tener control respecto de su sexualidad, incluida su salud sexual y reproductiva.

Por lo que este control de su sexualidad es para que decidan de manera libre y responsable si quieren o no interrumpir su embarazo sin verse sometidas a coerción, discriminación o violencia, aquí la urgencia de continuar exigiendo con su lucha, los derechos reproductivos que son solo ciertos derechos humanos ya reconocidos en tratados y documentos internacionales, pero no así aun en México como en nuestro estado de Quintana Roo.