Transparencia en la creación de nuevas notarías; avala XV Legislatura reelección en el cargo de dos magistrados numerarios del Poder Judicial

REDACCIÓN

CHETUMAL.- El Congreso del Estado aprobó por mayoría la nueva Ley del Notariado del Estado de Quintana Roo, la cual fortalecerá la función notarial al establecer procedimientos claros, sencillos y transparentes para la creación de nuevas notarías, mientras que la obtención de patente de notario público titular se realizará mediante examen de oposición.

Únicamente el diputado José de la Peña Ruiz de Chávez votó en contra en lo general, además de votar en contra en lo particular con el diputado José Carlos Toledo Medina.

Se estableció que la creación de notarías tenga un equilibrio y parámetros objetivos, tomando en consideración aspectos como la población del Estado (debe existir una notaría por cada 15 mil habitantes), las actividades económicas relacionadas con la función notarial, así como el movimiento inmobiliario comercial.

La Secretaría de Gobierno tendrá la facultad de realizar la convocatoria para el examen para aspirantes al ejercicio del notariado cada dos años, siempre y cuando así lo solicitaren al menos cinco interesados en el nombramiento y atendiendo a factores de incremento de las operaciones relacionadas con la función notarial.

El examen de oposición será revisado por un jurado, integrado por un notario designado por el Ejecutivo, otro designado por el Pleno del Tribunal Superior de Justicia y uno más designado por la Mesa Directiva del Consejo de Notarios.

Entre los requisitos, los interesados no deben haber ocupado un cargo en el gobierno, poder legislativo o judicial, ayuntamiento, partido político, órgano autónomo o en alguna dependencia de la administración pública, al menos un año antes de solicitar su examen de oposición como aspirantes.

Por otra parte, el Pleno aprobó por unanimidad la reelección de Gustavo Adolfo del Rosal Ricalde y Juan García Escamilla al cargo de magistrado numerario del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Quintana Roo, previa lectura y aprobación del dictamen mediante el cual se determina que cumplieron con los requisitos, previstos en el artículo 101 de la Constitución del Estado y en el artículo 114 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado.