Determina Tribunal que spot radiofónico representó un llamamiento al voto fuera del plazo permitido; también confirmó la validación de la alianza Morena-PT-PVEM

REDACCIÓN

CHETUMAL.- El pleno del Tribunal Electoral resolvió en sesión pública tres Juicios Ciudadanos, un Procedimiento Especial Sancionador y un Recurso de Apelación, dio a conocer en un comunicado.

Los Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano JDC/004/2019 y JDC/008/2019, así como el Recurso de Apelación RAP/004/2019, fueron interpuestos por militantes de Morena y por el PAN, respectivamente, en contra del acuerdo que emitiera el Instituto Electoral de Quintana Roo para validar la coalición integrada por Morena, el PT y el PVEM para el Proceso Electoral Local Ordinario 2018-2019.

Las magistradas y el magistrado del pleno determinaron confirmar la resolución que emitiera el Ieqroo, ya que consideraron infundados los agravios vertidos por los actores.

Asimismo, el pleno resolvió el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano JDC/007/2019 que presentaran Laurentino Martínez Pérez y José Ramón Serrano Tinoco, militantes de Morena, contra el acuerdo del Consejo Nacional de dicho partido, el cual aprobó la coalición con los partidos del Trabajo y Verde para el presente proceso electoral local, mismo que fue sobreseído por haber sido presentado fuera del plazo legal.

El pleno del TEQROO también resolvió el Procedimiento Especial Sancionador PES/003/2019 que interpusiera el PAN en contra de Morena y la coalición que integra con el PT y el PVEM denominada “Juntos haremos historia por Quintana Roo”, por supuestos actos anticipados de campaña.

Al respecto, las magistradas y el magistrado del pleno determinaron declarar la existencia de la infracción denunciada al pautar el spot de radio denominado “Morena crece”, imponiéndole una sanción por dicha conducta, consistente en una amonestación pública, por haber hecho un llamamiento al voto fuera de los plazos permitidos en ley. Finalmente, declaró inexistente la infracción atribuida a esa coalición, debido a que no fue posible acreditar las infracciones denunciadas.