MÉXICO.- Luego de aprobarse en el Senado el decreto que reforma la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito para regular el crédito de nómina, han salido a la luz las primeras voces en contra de este proyecto al cual calificaron como inconstitucional por considerar como fuente de cobro no sólo el salario de este tipo de préstamos, sino la jubilación o alguna otra percepción extraordinaria del acreditado.

Teresa Carbajal, representante legal de El Barzón en Veracruz, emitió un posicionamiento respecto a la iniciativa que, según su exposición de motivos, busca proteger y salvaguardar a los usuarios de abusos de algunos oferentes de los llamados créditos de nómina.

El proyecto de reforma, que ya fue aprobado en el Senado y enviado a la Cámara de Diputados, prevé la figura de cobranza delegada, que, de acuerdo con la organización, no es más que responsabilizar al patrón por el cobro del crédito otorgado por una institución financiera.

“En el crédito de nómina el trabajador mantiene una relación con el acreedor, que puede ser un banco, para el pago de su crédito, es una relación de dos… Lo que se propone es que ahora estaría el acreditante, el  acreditado y el patrón”, detalló Carbajal en entrevista.

La organización acusó que, con la reforma, el patrón podría responder por el acreditado, con riesgo de ser embargado, sin necesidad de un juicio mercantil de por medio.

Otro punto inquietante de la iniciativa es que se establecería como fuentes de pago del crédito el salario devengado, percepciones extraordinarias de carácter laboral, la pensión o renta vitalicia, honorarios o cualquier contraprestación que derive de una relación comercial.

“Las pensiones jubilatorias son intocables, pero con esta iniciativa, tanto el salario como las jubilaciones, sí podrán ser tocadas por esto. Esto va contra todo tipo de percepciones extraordinarias de carácter laboral, indemnizaciones, pensiones, rentas, honorarios e incluso otro ingreso extra que se deposite a tu cuenta”, dijo Carbajal. (El Economista)